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Acceso a Justicia - Novedades
24/10/2022

Finalizó con acuerdo una mediación familiar internacional realizada por el Poder Judicial de Neuquén


El caso, que permitió resolver el regreso seguro de una niña de cinco años, aplicó el protocolo de actuación aprobado por la Comisión Nacional de Acceso a Justicia para el funcionamiento de los convenios de sustracción internacional de niños.


       

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Luego de 20 horas de trabajo, el servicio de mediación del Poder Judicial de Neuquén finalizó con éxito un proceso autocompositivo para garantizar el regreso seguro de una niña de cinco años a su país de residencia habitual, Chile. El caso siguió los lineamientos del protocolo de actuación aprobado por la Comisión Nacional de Acceso a Justicia para el funcionamiento de los convenios de sustracción internacional de niños.

El caso fue derivado por la Justicia para poner a disposición de las partes el método de la mediación, en el marco del Convenio Internacional de La Haya sobre restitución de niños de 1980, conforme a la Ley 2930 y a la Ley 3134, artículo 20. Las partes, actor y demandada, acordaron el regreso de su hija al país de residencia habitual.

El proceso judicial, que tramitaba en un juzgado de familia de la ciudad de Neuquén, había resuelto, en primera y en segunda instancia, la inmediata restitución de la hija del actor y la demandada. El caso se encontraba en ejecución de sentencia cuando la jueza interviniente decidió derivarlo al servicio de mediación para facilitar una instancia de diálogo entre los progenitores y así concretar un acuerdo amistoso de regreso seguro.

Una vez ingresada la causa, se asignó un equipo de comediadores, integrado por la directora del organismo, Alicia González Vitale, y el mediador Gustavo Chantada. Se trabajó en reuniones conjuntas e individuales con cada parte para abordar las posibilidades de regreso seguro, bajo las condiciones exigidas por la jueza en resguardo de la progenitora (atento a los antecedentes de violencia de género del caso).

Ambas partes, el actor acompañado por la defensa pública y la demandada por patrocinio particular, valoraron la posibilidad de contar con un acompañamiento desde el Poder Judicial en la instancia de mediación familiar para evitarle mayor tensión a la niña y trabajar de manera colaborativa en el resultado.

A la vez, luego de aceptada voluntariamente la mediación por las partes, el equipo de comediación comunicó el caso para su asistencia técnica a la Autoridad Central de Argentina y a la jueza internacional de la red de enlace para el Convenio de La Haya de 1980.

Todo el proceso de mediación pudo ser concretado mediante la utilización de medios tecnológicos, como las notificaciones electrónicas, el expediente digital, la plataforma Zoom y las comunicaciones entre las partes, letrados y equipo de comediadores por telefonía celular institucional. Así, en menos de la mitad del plazo previsto por el artículo 20 de la Ley 3134, las partes celebraron el acuerdo.

Fuente: Poder Judicial de Neuquén